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Sobre promesas electorales, software y política educativa

Esta mañana durante el desayuno, leyendo twits (gracias @fgpaez), blogs y periódicos online, se me han juntado todas estas cosas:

Programa electoral del PSOE 2004, pág. 176:

  • Impulsar la implantación de software libre de código abierto en el sistema educativo.
  • Impulsar un amplio programa para elaborar, recopilar y difundir materiales curriculares y de apoyo al profesorado en soporte informático y software libre.

Programa electoral del PSOE 2008 pág. 131:

  • Potenciaremos el desarrollo del software de código abierto, especialmente en los ámbitos de la educación, la sanidad, y las administraciones.
  • Potenciaremos la democratización del conocimiento como fuente de progreso humano, cultural y económico de nuestra sociedad.

«Windows irá a la Escuela 2.0» (Periódico Público, Madrid, 11/12/09)

Eva Almunia, secretaria de Estado de Educación y Formación Profesional, y María Garaña, presidenta de Microsoft España.
Eva Almunia, secretaria de Estado de Educación y Formación Profesional, y María Garaña, presidenta de Microsoft España.

«10 Razones para NO elegir Software de Fuentes Abiertas en la Educación«(en «El blog de Hector Montenegro
National Technology Officer de Microsoft Ibérica ‘El Software por su mérito'» (sic)), una contestación a «10 Razones para elegir Software de Fuentes Abiertas en la Educación» del CENATIC.

«El PSOE lamenta que «Murcia se quede fuera del Programa Escuela 2.0 por razones partidistas»» (Periódico La Verdad, Murcia, 11/12/09). Seguramente Madrid y Valencia (las tres gobernadas por el PP) tampoco firmarán el convenio.

«Educació (la Consejería de Educación de Cataluña)  retrasa la implantación de ordenadores portátiles en primaria» (Periódico La Vanguardia, Barcelona, 2/12/09).

Por no hablar del intento de la ministra de Cultura (?) de  cargarse derechos constitucionales básicos en la letra pequeña de la Ley de Economía Sostenible.

Creo que me ha sentado mal el desayuno.

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Día de la Constitución

Constitución Española

Artículo 20:

1. Se reconocen y protegen los derechos:

A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
A la libertad de cátedra.
A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

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Manifiesto: En defensa de los derechos fundamentales en Internet

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que:

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.